REPUBLICA DOMINICANA

REPUBLICA DOMINICANA República Dominicana es una república democrática, formada por 31 provincias y un Distrito Nacional. La Constitución Política fue reformada el 26 de enero de 2010 y es denominada como la Constitución del Siglo XXI. El Estado está conformado por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El Poder Ejecutivo está constituido por el Jefe de Estado, quien a su vez es el Jefe de Gobierno, quien es electo, junto al cargo de Vicepresidente, por voto popular para un período constitucional de cuatro años. El gabinete es nombrado por el Presidente de la República. El Poder Legislativo reside en el Congreso Nacional, constituido por el Senado y por la Cámara de Diputados. El Senado consta de 32 escaños, uno por cada provincia y son elegidos por voto popular para un período de cuatro años. La Cámara de Diputados consta de 190 diputados (incluyendo 7 que representan a la comunidad dominicana en el exterior), todos los cuales son elegidos por voto popular para un período de cuatro años. Cabe mencionar que el 16 de mayo de 2010 se celebraron elecciones legislativas para un periodo excepcional de 6 años que abarca de 2010 a 2016, con el propósito de que las elecciones legislativas de 2016 coincidan con las presidenciales de este último año. El Poder Judicial está compuesto por la Suprema Corte de Justicia, como tribunal supremo, y los demás tribunales creados por la Constitución Política del país y por sus leyes.El Consejo Nacional de la Magistratura es la entidad que nombra a los jueces de la República y está integrado por el Presidente, los líderes de ambas Cámaras del Congreso y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Cuenta con autonomía funcional, administrativa y presupuestaria, y está integrado por no menos de 16 jueces y podrá reunirse, deliberar y fallar válidamente con el quórum determinado por la ley que establece su organización. El 26 de enero de 2010 se creó el Tribunal Constitucional para dirimir controversias en cuanto a la interpretación de la Constitución Política. El nombre oficial es República Dominicana, cuya capital es Santo Domingo. El país está situado en el Archipiélago de las Antillas Mayores y en la parte oriental de la isla La Española, que comparte con Haití, ocupando un poco más de dos terceras partes de la misma. Limita al norte con el Océano Atlántico, al sur con el Mar Caribe o Mar de las Antillas, al este con el Canal de la Mona y al oeste con Haití. Tiene una superficie de 48,422 kilómetros. República Dominicana es una república democrática, formada por 31 provincias y un Distrito Nacional. La Constitución Política fue reformada el 26 de enero de 2010 y es denominada como la Constitución del Siglo XXI. El Estado está conformado por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El Poder Ejecutivo está constituido por el Jefe de Estado, quien a su vez es el Jefe de Gobierno, quien es electo, junto al cargo de Vicepresidente, por voto popular para un período constitucional de cuatro años. El gabinete es nombrado por el Presidente de la República. El Poder Legislativo reside en el Congreso Nacional, constituido por el Senado y por la Cámara de Diputados. El Senado consta de 32 escaños, uno por cada provincia y son elegidos por voto popular para un período de cuatro años. La Cámara de Diputados consta de 190 diputados (incluyendo 7 que representan a la comunidad dominicana en el exterior), todos los cuales son elegidos por voto popular para un período de cuatro años. Cabe mencionar que el 16 de mayo de 2010 se celebraron elecciones legislativas para un periodo excepcional de 6 años que abarca de 2010 a 2016, con el propósito de que las elecciones legislativas de 2016 coincidan con las presidenciales de este último año. El Poder Judicial está compuesto por la Suprema Corte de Justicia, como tribunal supremo, y los demás tribunales creados por la Constitución Política del país y por sus leyes.El Consejo Nacional de la Magistratura es la entidad que nombra a los jueces de la República y está integrado por el Presidente, los líderes de ambas Cámaras del Congreso y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Cuenta con autonomía funcional, administrativa y presupuestaria, y está integrado por no menos de 16 jueces y podrá reunirse, deliberar y fallar válidamente con el quórum determinado por la ley que establece su organización. El 26 de enero de 2010 se creó el Tribunal Constitucional para dirimir controversias en cuanto a la interpretación de la Constitución Política. República Dominicana es una república democrática, formada por 31 provincias y un Distrito Nacional. La Constitución Política fue reformada el 26 de enero de 2010 y es denominada como la Constitución del Siglo XXI. El Estado está conformado por los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El Poder Ejecutivo está constituido por el Jefe de Estado, quien a su vez es el Jefe de Gobierno, quien es electo, junto al cargo de Vicepresidente, por voto popular para un período constitucional de cuatro años. El gabinete es nombrado por el Presidente de la República. El Poder Legislativo reside en el Congreso Nacional, constituido por el Senado y por la Cámara de Diputados. El Senado consta de 32 escaños, uno por cada provincia y son elegidos por voto popular para un período de cuatro años. La Cámara de Diputados consta de 190 diputados (incluyendo 7 que representan a la comunidad dominicana en el exterior), todos los cuales son elegidos por voto popular para un período de cuatro años. Cabe mencionar que el 16 de mayo de 2010 se celebraron elecciones legislativas para un periodo excepcional de 6 años que abarca de 2010 a 2016, con el propósito de que las elecciones legislativas de 2016 coincidan con las presidenciales de este último año. El Poder Judicial está compuesto por la Suprema Corte de Justicia, como tribunal supremo, y los demás tribunales creados por la Constitución Política del país y por sus leyes.El Consejo Nacional de la Magistratura es la entidad que nombra a los jueces de la República y está integrado por el Presidente, los líderes de ambas Cámaras del Congreso y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia. Cuenta con autonomía funcional, administrativa y presupuestaria, y está integrado por no menos de 16 jueces y podrá reunirse, deliberar y fallar válidamente con el quórum determinado por la ley que establece su organización. El 26 de enero de 2010 se creó el Tribunal Constitucional para dirimir controversias en cuanto a la interpretación de la Constitución Política. 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